No creo que en la literatura española exista párrafo más inquietante ni terrorífico que el que contiene el artículo 1911 del Código Civil, el cual establece que «del cumplimiento de sus obligaciones responderá el deudor con todos sus bienes presentes y futuros».
Es decir, que si usted no paga al banco, éste no va a conformarse con sacar a pública subasta todos los bienes que usted tenga, sino que, si en el futuro adquiere otros, el banco podrá seguir subastándolos hasta que se cobre la deuda. Si su deuda es lo suficientemente grande, usted habrá quedado convertido en un esclavo del banco, pues tendrá que trabajar para él de por vida. Continuar leyendo «“Dumtaxat de eo quod facere potest” o “Por qué aquí siempre pagamos los mismos”»