Como siempre el lunes debo entregar un podcast para la radio y esta semana ¿de qué puedo hablar sino del tema de la semana? Supongo que cada uno tiene su visión del asunto; yo, naturalmente, también tengo la mía y esta es.
El coronavirus: la coartada perfecta para una reforma judicial que favorezca a las élites y perjudique a los ciudadanos.
Un serio peligro amenaza a los derechos de la ciudadanía: la pandemia es la excusa perfecta para imponer una determinada reforma de la justicia largamente acariciada por determinados sectores de la economía y la política de este país. Sobre la congestión de asuntos que ya presentaba nuestra administración de justicia caerá ahora la ola de procedimientos que motivará el tsunami jurídico provocado por la crisis del COVID-19 y esto, hábilmente gestionado desde las instancias oportunas, puede ser la coartada perfecta para llevar adelante una reforma de la administración de justicia que beneficie a los menos y perjudique a los más.
El ministro ya lo ha dicho con claridad, quiere reformar la justicia aprovechando la crisis del coronavirus lo cual, así dicho, suena, como poco, a broma de mal gusto (¿cómo pretende llevar a cabo lo más quien se ha mostrado incapaz de afrontar lo menos?).
Pero no, no es una broma, a determinados sectores económicos y políticos de este país les interesa más reformar la justicia para adaptarla a sus necesidades que dotarla de los medios precisos para hacer frente a la crisis del coronavirus, de ahí el nauseabundo discurso ministerial de que, más que dinero, lo que hacen falta son reformas. Un ejemplo de su posición, expresado en la jerga política de rigor, lo podemos encontrar en la edición digital del Diario de Cádiz:
–¿Plantea el Gobierno más medios tecnológicos y refuerzo de plantillas como vienen demandando varios colectivos del ámbito judicial?
–Más que de posturas incrementalistas estamos hablando de una reordenación de todos los recursos disponibles orientada a una estrategia de transformación que debería de haberse producido hace años y que ahora se impone por la vía de los hechos.
El argumentario sesgado de quienes pretenden dejar a los ciudadanos sin justicia es tan conocido como parcial y se funda en las mismas falacias de siempre:
- Que los españoles son muy litigiosos y esto colapsa los juzgados.
- Que uno de los agentes que fomentan esta litigiosidad son los abogados.
- Que lo que hay que hacer es desjudicializar.
Las tres afirmaciones son falsas pero, como toda buena mentira, pueden pasar como ciertas ante el oyente desinformado o ante la opinión pública. Una buena fake new solo puede construirse sobre un andamio de verdades aparentes y estas afirmaciones que les refiero mezclan de tal forma la verdad con la falsedad más insidiosa, que se han revelado como deep fakes paradigmáticas.
Vayamos una por una.
Los españoles son litigiosos
Esta primera afirmación, repetida desde la época de Caamaño, amplificada hasta lo ofensivo por Gallardón y, desde su catastrófica ejecutoria, asumida como verdad sotto voce por Catalá y Juan Carlos Campo, viene a decirnos que si los juzgados en España están colapsados ello se debe principalmente a que los españoles acuden más al juzgado que la media de los habitantes de los países europeos.
Esta afirmación, esta deep fake, hay que reconocerlo, se ha cocinado con todos los ingredientes precisos para tener éxito.
En primer lugar la deep fake atribuye a los españoles una naturaleza maligna (somos litigiosos), naturaleza maligna que, tradicionalmente, ha sido asumida con facilidad por la población, en línea con la vieja tradición de la España Negra y de los más conspicuos poetas y literatos del siglo de oro. Esta naturaleza hobbesiana de los españoles ha sido siempre caldo de cultivo adecuado para los gobiernos autoritarios, espadones y dictadores que ha padecido España en los dos últimos siglos.
Esta deep fake también contiene una porción de verdad, pero la contiene del mismo modo que la copa de vino que se da a beber al invitado contiene el veneno preparado para acabar con él: la verdad, como el vino, no tiene otra finalidad que encubrir el tósigo oculto en la afirmación.
Es verdad que la población española, porcentualmente, ha de acudir a los tribunales más que la del resto de la mayoría de los países europeos y, hasta ahí, llega la verdad. Concluir de ese dato que el mismo se deriva de que los españoles son litigiosos es una falsedad que no sólo ofende a la inteligencia, sino que ofende a toda la población en su conjunto.
En un país donde, por ejemplo, los bancos se oponen por sistema a las demandas de los ciudadanos perdiendo los juicios en más del 90% de las ocasiones, no parece sensato decir que sean los ciudadanos los «litigiosos». Quienes, por ejemplo, en el sector de las cláusulas abusivas producen los litigios no son los ciudadanos sino los bancos que, conociendo sus obligaciones legales y jurisprudenciales, se niegan a cumplirlas, obligando así a los ciudadanos a demandarles para que cumplan por la fuerza las obligaciones que no cumplen voluntariamente. ¿Podemos decir que los ciudadanos españoles son los más litigiosos de Europa? ¿O deberíamos decir que la ciudadanía española sufre más abusos de los bancos que ninguna otra ciudadanía europea?
El ejemplo de los bancos explica muy bien el fenómeno de la alta litigiosidad española. Al calor de una justicia lenta e ineficiente el deudor puede dilatar el cumplimiento de sus obligaciones casi a su voluntad y ello estimula el incumplimiento premeditado de sus obligaciones por las personas jurídicas que pueden encontrar algún tipo de beneficio en ello.
Obsérvese, de paso, que la justicia española no es igual de lenta para todas las personas: mientras que el banco dispone de rápidos procedimientos ejecutivos de los que conocen todos los juzgados de instancia de España (1700) y que embargan incluso un 30% del principal en concepto de intereses y costas desde el primer momento, los ciudadanos sólo pueden demandar a los bancos por sus hipotecas en poco más de 50 juzgados en toda España y a través de un juicio ordinario donde las demoras de años son frecuentes y donde las costas se discuten cómo si el banco fuese un párvulo a punto de hacer la primera comunión y el consumidor una persona jurídica sin más alma que el beneficio económico.
Los seres humanos, en contra de lo que creen algunos supremacistas, son esencialmente iguales y ninguno suele amar el conflicto o el litigio significativamente más que otro. Que en España haya un porcentaje mayor de litigios que en otros países de Europa lo que significa, en primer lugar y antes que nada, es que somos un país donde las injusticias abundan más que en el resto. ¿Por qué? Me remito a lo arriba dicho: porque incumplir la ley no suele ser tan gravoso para el poderoso como para el humilde; porque a veces incumplir la ley es rentable y se hace así porque no hay leyes -o no se quiere que hayan leyes- que corrijan ese abuso; porque la justicia es lenta y ello fomenta las conductas morosas y es en ese círculo vicioso en el que se mueve este país: como la justicia es ineficaz esto fomenta los incumplimientos legales y estos a su vez fomentan la ineficacia del sistema. Este es un círculo vicioso del cual solo se sale de dos maneras: o proveyendo lo preciso para que exista una administración de justicia rápida y eficaz o proveyendo lo preciso para que un sinnúmero de injusticias queden sin corregir.
Tradicionalmente los gobiernos han optado por esta segunda vía (es la más barata y la que les proporciona más amigos) y no parece que el gobierno actual vaya a ser una excepción a la regla.
La deep fake de que les hablo omite sistemáticamente la también inferior tasa media de jueces por habitantes que sufre España en relación con el resto de los países europeos, la carencia crónica de medios materiales que ha sufrido siempre nuestra administración, las disparatadas reformas tecnológicas emprendidas sin más explicación que la conveniencia económica de algunos… En fin, les ahorro contarles cosas que de sobra saben ustedes: nuestros gobernantes, sistemáticamente, nos toman por algo mucho peor que tontos y repiten el ritornello de la litigiosidad de los españoles con una desvergüenza que debiera irritar hasta el estallido a los ofendidos, que no son sino el 99% de los españoles y españolas.
Los abogados son uno de los agentes causantes de la alta litigosidad
Si repugnante es la primera afirmación que hemos tratado, esta segunda debiera conducir a la abogacía y a la población española a condenar públicamente y sin paliativos a quien así piensa o se expresa.
La afirmación de que la cuota litis es una práctica que fomenta la litigiosidad ha sido tan repetida desde la periferia política española que ha sido recogida incluso por medios de comunicación extranjeros. Llama la atención que los que se quejen sean periódicos de países donde la cuota litis habitual es del 33% o de jurisdicciones donde existe un mercado secundario de las costas con aseguramiento de las mismas («no win no fee«) o incluso préstamos y fondos de inversión dedicados a financiar pleitos fundados sobre desiguales pactos de cuota litis. Las interesadas afirmaciones de tales medios son tan ridículas como si un periódico estadounidense afirmase que en España la población tiene un fácil acceso a las armas.
La cifra de abogados de un país no depende más que del número de procedimientos (de injusticias) que en dicho país precisen de remedio. Ningún abogado acude a un juzgado a demandar un imposible y las cifras así lo confirman: el número de demandas estimadas total o parcialmente es abrumadoramente mayor que el número de demandas desestimadas. En España, podemos decirlo con toda seguridad, quien reclama suele tener razón en todo o en parte y eso debiera hacernos reflexionar.
Afirmar que la abogacía es un agente catalizador de la litigosidad no sólo es una falsedad, creo que me atrevería a llamarlo insulto si no fuese porque es algo peor: acusar a la abogacía de fomentar la litigiosidad no es más que una premisa para tratar de acabar con ella, o al menos, con una parte de ella (la abogacía independiente) el sector menos cómodo para las élites políticas y económicas. Recuerden que, en un estado sin derechos, no hacen falta abogados, pero que, en un estado sin abogados, lo que primero perecen son los derechos. Si ven ustedes a alguien que afirma que sobran abogados, antes que ninguna otra cosa examine usted si lo que quiere quien tales cosas afirma es recortar los derechos de la ciudadanía.
Que lo que hay que hacer es desjudicializar
El tercer engaño habitual de los habituales de esta deep fake es que eso de la administración de justicia es una cosa antigua y que lo que hay que hacer es acudir a otros medios como la mediación o la concordia privada.
Tal afirmación es una ofensa tanto para la justicia como para los profesionales de la mediación.
La justicia es la forma más compleja y perfecta ideada por la humanidad para resolver sus conflictos (grábense eso a fuego) y puedo decirles con plena seguridad que, en general, quien desea apartar a la justicia de un determinado sector es porque piensa aprovecharse de eso para cometer en él tantas cuantas injusticias pueda.
Por ejemplo: si usted no paga la hipoteca porque no tiene dinero, observe que ninguno de los que piden desjudializar se ha acordado de usted: usted irá al juzgado a que le quiten su casa, a que le arrojen de ella y a que además no le cancelen la deuda sino que quede usted endeudado de por vida.
Claro que, si es el banco el que ha abusado de usted, le ha cobrado lo que no debe o incluso ha manipulado el euribor, entonces… entonces el coro de voces que piden desjudicializar se oye tan claro como el canto de las cigarras en agosto.
Cuando un altísimo porcentaje de las demandas de los ciudadanos se estiman íntegramente y con costas (es decir, que tenían toda la razón del mundo) ¿qué sentido tiene predicar la desjudicialización sino favorecer a los incumplidores profesionales?
Esta afirmación periférica de la deep fake que analizamos es no solo un insulto para la justicia sino también para las técnicas alternativas de resolución de conflictos que no merecen ser tratadas como meras coartadas para los inicuos planes de unos cuantos. Estas técnicas, seriamente desplegadas, pueden ser una eficaz ayuda para la administración de justicia pero, créanme, si no ha dinero para la justicia ¿creen ustedes que lo habrá para esto?
Epílogo
Desde 1998 una concepción elitista y antidemocrática de lo que debe de ser la administración de justicia pugna por abrirse paso y acabar con una forma de administrar justicia que se ha revelado particularmente molesta para los poderes económicos y políticos. Esa visión ha sido compartida, no siempre de mala fe, por multitud de operadores jurídicos pero, la sensata, firme y callada resistencia de los más así como sus pobrísimos resultados allá donde se ha pretendido implantar, ha impedido, hasta este momento, que su despliegue se llevase a cabo.
Esta crisis del coronavirus, por lo que se ve, parece haber sido detectada como terreno abonado por los defensores de esas tesis de que les he hablado y su voluntad de aprovechar la ocasión podemos percibirla directamente en las propuestas del CGPJ (concentración, especialización y otros mantras bajo los que en realidad se ocultan los planes para dejar la independencia judicial convertida en un trampantojo) y podemos leerla entre lineas también en los mensajes del ministro (no es cuestión de dinero sino de la forma de organizarse, hay que aprovechar la crisis para reformar la justicia…).
Los mensajes de este sector es verdad que hace mucho que son mirados con recelo por la comunidad jurídica nacional, así que no les extrañe ver a algún medio extranjero hacerse eco de esta odiosa antífona; así pues, estén atentos y que no les sorprenda.
Y sí recuérdenlo, un serio peligro amenaza a los derechos de la ciudadanía: la pandemia es la excusa perfecta para imponer una determinada reforma de la justicia largamente acariciada por las élites económicas y políticas de este país y, como creo que todos sabemos desde hace tiempo, eso no solo es malo para la ciudadanía sino para quienes defienden los derechos de ella: la abogacía independiente.
Los pactos son para cumplirlos
Desde que, en 1985, el PSOE decidiese que la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial se llevaría a cabo por políticos y no por jueces hasta que, en 2013, el PP dejó a su particular y exclusivo gusto el sistema de elección por medio del incalificable Gallardón, los organismos europeos encargados de vigilar la corrupción en los estados miembros han venido denunciando la situación en que se encuentra el gobierno de los jueces en España y el riesgo que ello conlleva para la independencia judicial.
A los sucesivos gobiernos de PP y PSOE estas críticas les han merecido la misma atención que parece haberles merecido la mejora de la administración de justicia; es decir, ninguna. Es natural, los dos grandes partidos parecen haber dedicado más esfuerzos a controlar la justicia que a fortalecerla, pues su relación con ella ha estado más veces vinculada a mediáticos procesos por corrupción que a avances reales y tangibles en la administración de justicia española.
La aparición de nuevos partidos sin el largo historial de procesos por corrupción que soportaban los dos grandes partidos tradicionales pareció abrir vías para un nuevo replanteamiento del tema pero, la inestabilidad política de los últimos tiempos, dificultó la aparición de ninguna iniciativa novedosa; sin embargo, ahora es el momento.
Ahora es el momento porque nuevamente el informe GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción) ha sido durísimo en relación a la lucha contra la corrupción en España y ha señalado la forma de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial como uno de los puntos que deben ser corregidos para adaptarlos a las recomendaciones europeas y —añado yo— al espíritu y letra de nuestra Constitución.
Ahora es el momento porque nuevamente PP y PSOE han vuelto a cerrar filas para que todo permanezca igual y ahora es el momento porque tanto Ciudadanos como Podemos no tienen nada que perder y sí mucho que ganar impidiendo que este inicuo sistema de elección del CGPJ se mantenga.
Ciudadanos, además, se juega ante la comunidad jurídica toda su credibilidad. Recordemos que, cuando Ciudadanos decidió apoyar la investidura de Rajoy, firmó con el partido del gobierno, el PP, un catálogo de 150 medidas una de las cuales, la medida 102, se pronunciaba específicamente sobre esta materia y contenía un compromiso claro y concreto:
- Impulsar, desde el necesario consenso parlamentario, la reforma del régimen de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial para que los doce de procedencia judicial sean elegidos directamente por los Jueces y Magistrados.
No caben componendas para Ciudadanos: o exige al PP el cumplimiento de este punto o tendremos que sospechar que su aparente compromiso contra la corrupción no pasa de ser una pose ajena a medidas estructurales.
Es, pues, el momento de cumplir con la palabra dada, es momento de demostrar que los acuerdos no son meras coartadas para engañar al electorado. PP y Ciudadanos se comprometieron a algo que deben llevar a cabo; el PP porque, tras los nefastos mandatos de Gallardón y Catalá, debería hacer algo más que simplemente estropear nuestra administración de justicia; Ciudadanos para acreditar que las viejas maneras no caben en los nuevos partidos y que ahora, sorprendentemente, los partidos tratan de cumplir sus compromisos.
¿Son ustedes optimistas al respecto? ¿Creen que estos partidos cumplirán sus compromisos? Hagan sus apuestas y en unos meses lo comentamos.
Europa y la independencia judicial
Recientemente he recibido uno de esos regalos que a uno le alegran la vida: el libro «Retos de la Justicia en España» escrito por Doña María Marcos González, Profesora Titular de Derecho Procesal de la Alcalá de Henares y que es producto de una investigación por ella realizada en Nueva Zelanda entre los años 2012 y 2013.
De entrada me resultó atractivo encontrar un libro de derecho comparado gestado en el país que está en las antípodas -geográficas- de España pues, pareciéndome que nuestro sistema judicial se encuentra en tal mal estado, me acerqué al libro con la esperanza de que nuestras antípodas geográficas lo fueran también jurídicas y pudiera encontrar en ellas fuente de inspiración para una reforma que coloque a nuestra administración de justicia justo en las antípodas de donde está; es decir, en las antípodas de la inanición, la obsolescencia y la falta de independencia. Por eso, en lugar de leer el libro por su orden natural (de cabo a rabo), lo empecé por los capítulos que en él se dedican a la independencia judicial; el resultado ha sido sorprendente, ilustrativo y me ha permitido aprender muchas cosas, esto último algo nada sorprendente pues, ignorando yo tantas cosas, soy campo abonado.
De entrada el libro observa el sistema judicial español dentro del proceso de construcción de un auténtico espacio judicial europeo en el que colaboran el Consejo de Europa y la Unión Europea. Tal enfoque es ya de por sí interesante pues, habiendo España sufrido durante esta crisis las estrecheces que le han impuesto abstrusos órganos económicos europeos con el argumento gubernamental de «lo dice Europa», siente uno la tentación de saber qué es lo que «nos dice Europa» en relación con nuestra hética administración de justicia y, como es la independencia judicial lo que últimamente me preocupa, allá me dirigí para ver qué nos recomendaba Europa en ese aspecto. El resultado es el que ahora les cuento.
Lo primero que descubrí fue la existencia dentro del Consejo de Europa de un órgano para mí desconocido el Consejo Consultivo de Jueces Europeos (CCJE) así como documentos de tanta enjundia como La Carta Europea sobre el Estatuto del Juez o la Recomendación CM/Rec(2010)12 del Comité de Ministros a los estados miembros sobre los jueces: independencia, eficiencia y responsabilidades y, por lo que respecta a la independencia, ambos documentos son extremadamente claros. La carta opta porque el gobierno de los jueces lo ejerza un organismo independiente del poder legislativo y del ejecutivo y que debiera estar compuesto, al menos al cincuenta por ciento, por jueces elegidos entre sus pares. Tal opción se ve desarrollada en la Recomendación que establece:
Capítulo IV – Los Consejos del Poder Judicial
26. Los Consejos del Poder Judicial son organismos independientes, establecidas por la ley o la Constitución, que tratan de salvaguardar la independencia del poder judicial y de los jueces individuales y por lo tanto para promover el funcionamiento eficiente del sistema judicial.
27. No menos de la mitad de los miembros de estos consejos deben ser jueces elegidos por sus pares de todos los niveles del poder judicial y con respeto a la pluralidad dentro de la judicatura.
28. Los Consejos del Poder Judicial deberán demostrar el más alto grado de transparencia hacia los jueces y la sociedad mediante el desarrollo de procedimientos preestablecidos y decisiones razonadas.
29. En el ejercicio de sus funciones, los consejos de la judicatura no deben interferir en la independencia de los jueces individuales.
Las razones que toma en cuenta el Consejo de Europa en su Carta para optar por esta composición se contienen en la Exposición de Motivos (Explanatory Memorándum) a la Carta Europea sobre el Estatuto de los Jueces, que, sintéticamente, es la que sigue. (La traducción es mía, así que te recomiendo acudir al original)
La Carta prevé la intervención de un organismo independiente del [poder] ejecutivo y el legislativo, donde se tomen las decisiones sobre la selección, contratación o nombramiento de los jueces, el desarrollo de sus carreras o la terminación de sus funciones (…)
Se planteó la cuestión de cual habría de ser la composición de ese órgano independiente. La Carta en este punto establece que al menos la mitad de los miembros del cuerpo deben ser jueces elegidos por sus pares, lo que significa que no quiere que los jueces estén en minoría en el organismo independiente ni les obliga a estar en mayoría. A la vista de la variedad de concepciones filosóficas y debates en los Estados de Europa, la referencia a un mínimo de 50% jueces surgió como capaz de asegurar un nivel bastante alto de respeto a cualquiera de las otras consideraciones de principios que dominan los distintos sistemas nacionales.
La Carta establece que los jueces que integran el organismo independiente deben ser elegidos por sus pares, con el argumento de que el requisito de la independencia de este organismo se opone a la elección o designación de sus miembros por una autoridad política que pertenece al poder ejecutivo o el legislativo.
Habría un riesgo de sesgo partidista en la designación y el papel de los jueces en virtud de un procedimiento de este tipo. Se espera que los jueces que se hayan de sentar en el organismo independiente se abstengan de buscar el favor de los partidos políticos o los organismos que hayan de nombrarles o elegirles.
Por último, sin insistir en cualquier sistema de votación en particular, la Carta indica que el método de elección de los jueces a este órgano debe garantizar la representación más amplia de los jueces.
Bien, pues si eso es lo que «dice Europa» ¿qué tenemos en España?. Ustedes lo saben igual que yo: un sistema donde, muy contrariamente a lo deseado por la Carta, los miembros del poder judicial son perfectamente reconocibles por su adscripción política piadosamente llamada «conservadora» o «progresista» para no decir directamente por qué partido de la Cámara han sido promocionados. Y ¿por qué no tenemos el sistema que nuestra Constitución diseña y establece la Carta Europea? Ustedes también lo saben, basta con recordar una de las primeras acciones del ministro Gallardón (de infausta memoria por muchos motivos).
Cada uno puede tener su opinión sobre el asunto -faltaría más- pero esto es lo que «dice Europa» en materia de independencia judicial, una opinión esta de «Europa» a la cual el Gobierno de España, tan atento a obedecer cuando de recortar económicamente se trata, no parece tener el más mínimo rubor en desobedecer aunque para ello haya de incumplir todas sus promesas electorales. Ni Gallardón lo hizo ni Catalá tampoco, y no piensan hacerlo aunque así lo escribió blanco sobre negro su partido en su programa electoral.
De momento me basta recordar que el informe GRECO (otro de esos documentos a través de los cuales «habla Europa») señala la falta de independencia judicial en España como una de las principales causas de la corrupción política que padecemos; supongo que aunque sólo sea por eso deberíamos sentarnos en serio a hablar de la forma de tener un poder judicial más independiente y menos controlado políticamente.
Y por hoy está bien, De Nueva Zelanda ya hablamos otro día.
Un hombre de consenso
Hay que reconocer que tiene mérito. Gracias a él todos recordamos que la justicia no es una mercancía con la que negociar y descubrimos que coincidíamos en eso. Gracias a él todos recordamos que la justicia es para las personas y no para entelequias aprendidas en «El Parvulito» y las «Enciclopedias de Álvarez». Gracias a él recordamos que el poder judicial es uno de los tres poderes del estado y que es fundamental que sea independiente…
Hay que reconocer que ningún político había provocado consensos tan amplios con tanta rapidez. Ha logrado poner de acuerdo a la judicatura, a la abogacía y a los ciudadanos, algo que no recuerdo que haya pasado nunca en España.
Siempre se había pensado que la mejor forma de unir a las personas era hacerles compartir intereses. Él ha descubierto que «repartir dolor» (sic) también funciona.
Debe sentirse orgulloso.


