Hace ya unos años se publicó la noticia de que se había impedido a la mujer de Bárcenas comunicar en prisión con su marido llevando lápiz y papel. La noticia, llamativa, sólo parece tener una explicación racional posible: Impedir que la mujer pueda tomar anotaciones o dirigirse a su marido de forma escrita usando el papel a modo de pizarra.
¿Y por qué habría de dirigirse la esposa de Bárcenas a su marido de forma tan singular? se preguntarán ustedes; bueno, si quieren que les cuente una posible explicación permítanme que me remonte unos diecisiete meses atrás, cuando Baltasar Garzón fuecondenado por interceptar de forma ilegal las comunicaciones entre los abogados y su cliente. Fue con motivo de dicha sentencia que conocí los sistemas de grabación que se usan en las prisiones españolas llamados Marathon y Marathon Evolution. La forma en que funcionan dichos sistemas de grabación es totalmente opaca para mí y presumo que en idéntica situación se encuentran la práctica totalidad de los abogados de España. He tratado de obtener información sobre sus características técnicas pero, a fecha de hoy, no he logrado informarme sobre aspectos de dicho sistema de grabación que podrían resultar extremadamente preocupantes por lo que, si me lo permiten, les contaré algunas experiencias personales.
Como imaginarán, tras más de 30 años de ejercicio profesional, conozco a muchos miembros de la Policía y de la Guardia Civil; no es infrecuente que coincidamos en conversaciones informales y no es tampoco infrecuente que en dichas conversaciones tratemos temas como este que ahora me ocupa. Recuerdo que, hace ya años, pregunté a un miembro de estos cuerpos si ellos podían enterarse de las conversaciones que manteníamos abogados y clientes en los locutorios de las prisiones a lo que, con toda naturalidad, me respondió “si queremos sí”.
Su respuesta me dejó perplejo y no supe si atribuirla a una afectada pose de suficiencia de mi interlocutor o si, por el contrario, esta afirmación respondía a la verdad de los hechos.
Verán, no soy un ingenuo, sé que la policía trata de obtener información por todos los medios posibles (algún día les hablaré de las manifestaciones “espontáneas” de los detenidos) pero se me antojaba entonces que la intervención de las comunicaciones abogado-cliente en un locutorio era algo que pertenecía a uno de los más sagrados ámbitos del derecho de defensa. De todas formas decidí andar ojo avizor y observar con cuidado a mi alrededor cuando fuese a comunicar a prisión con alguno de mis defendidos. Tras conocer el contenido de la sentencia de Garzón mi curiosidad se renovó.
Poco después de conocer esta sentencia fui a comunicar con un cliente a la prisión de Sangonera, una prisión antigua donde, hasta hace pocos años, las comunicaciones abogado-cliente se llevaban a cabo en un locutorio rotulado con la palabra “abogados” y donde el sistema de comunicación consistía poco más que en un agujero practicado en la madera de la repisa que había bajo el cristal blindado con reja que separaba la zona de los abogados de la zona de los internos. Dada la mugre acumulada con los años en el orificio, comunicar con el cliente exigía de una buena capacidad pulmonar y, habida cuenta de los gritos que había que dar para ser oído al otro lado, los secretos, si existían, eran secretos a voces.
Como digo, hace unos años, el locutorio de berrido y orificio fue substituido por ocho o nueve modernos locutorios donde, a efectos de comunicación, del lado del preso hay un teléfono y del lado del letrado una especie de micrófono-altavoz con forma de caja, a través del cual el abogado habla y escucha. Tal sistema, ciertamente, no parece diseñado tanto para facilitar las comunicaciones como para permitir su grabación llegado el caso pero, a la vista del sistema, me surgieron algunas dudas:
Primera. Si existen ocho o nueve locutorios ¿cómo sabe el funcionario cual locutorio usaré y por tanto en cual ha de grabar? Sólo cabían dos posibilidades: O todos los locutorios grababan simultáneamente (lo que sería inaceptable) o el funcionario, tras observar en qué locutorio nos introducíamos, activaba el sistema de grabación correspondiente a ese locutorio.
Segunda. Si necesariamente debe haber un funcionario vigilando y activando el sistema de grabación del locutorio correspondiente ¿puede ese funcionario oír (aunque no grabe) mis conversaciones? La cuestión es de la máxima importancia pues, muy a menudo, la policía no necesita la prueba de la grabación sino solo la información contenida en ella, de forma que un funcionario cooperador puede informarles de cuanto necesiten.
Mis reflexiones y observaciones me condujeron a una realidad mucho más chusca. Observé que, en esa prisión de Sangonera, los altavoces del lado de los abogados, al encenderse las luces de los locutorios, comenzaban a emitir un apenas perceptible zumbido. Tras acercar la oreja pude comprobar que, de forma débil, se escuchaba un programa de radio en el altavoz. Fui cambiando de locutorio y comprobé que ese mismo programa se escuchaba en los demás. Si tal prodigio se debía a un fenómeno electromagnético o a que al funcionario le gustaba oír la radio lo desconozco. Sólo sé que el pasante que me acompañaba pasó un rato entretenidísimo. Debo decir que, en las muchas veces que he acudido después a esa prisión, nunca he vuelto a observar el fenómeno lo que indica que, o bien ha cambiado el campo magnético terrestre o bien el funcionario ha perdido su afición por los programas radiofónicos.
En todo caso mis temores siguen intactos: No conozco (ni conozco quien conozca) los detalles técnicos del sistema Marathon de grabación, desconozco si el sistema puede grabar sin posibilidad de que el funcionario escuche o si, por el contrario, el sistema permite al funcionario escuchar sin que el programa grabe. Lo que sí sé es que un funcionario vigila el locutorio donde converso con mi cliente y que dispone de un sistema que le permite grabar mis conversaciones con él.
Y sé que una vez, un policía al que pregunté si podrían enterarse de mis conversaciones con un cliente preso, me respondió: “Si queremos, sí”.
Vale.